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Legislación › Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Disposición transitoria sexta.

Disposición transitoria sexta.

Con objeto de que exista la conveniente homogeneización con los funcionarios de la Administración General del Estado, el cómputo del tiempo necesario para la consolidación del grado personal por los funcionarios transferidos o trasladados a la Administración de la Comunidad Autónoma referirá su fecha inicial al día 5 de julio de 1977, con efectos económicos desde el 1 de enero de 1991.

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