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Legislación › Decreto Legislativo 1/2000, de 29 junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 14.

Artículo 14.

La Administración de la Hacienda de la Comunidad Autónoma podrá elaborar aquellos programas de gastos e inversiones plurianuales que sean necesarios para el adecuado cumplimiento de los planes económicos regionales y de planes comarcales específicos.

La ejecución de dichos programas se acomodará a lo dispuesto en el artículo 41 de esta Ley y a los límites y demás condiciones que establezca la Ley de Presupuestos de la Comunidad en cada uno de los ejercicios.

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