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Legislación › Decreto Legislativo 1/2000, de 29 junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 7.

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Artículo 7.
1. Son empresas de la Comunidad Autónoma las sociedades mercantiles en cuyo capital social ésta o sus organismos públicos tengan, directa o indirectamente, participación mayoritaria.
2. Las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón se regirán por las normas de derecho privado, excepto en las materias previstas en esta y otras leyes que les sean aplicables.
3. La creación de las empresas y los actos de adquisición y pérdida de la posición mayoritaria en las mismas se acordarán por el Gobierno de Aragón, comunicándoselo a la Comisión competente en materia de Hacienda de las Cortes de Aragón.
(Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
2 de octubre de 2021 En vigor BOE-A-2021-12701 Leer Qué cambió
1 de julio de 2000 BOE-A-2000-90001 Leer

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