Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 99 bis. Exenciones.
Artículo 99 bis. Exenciones.
Están exentas del pago del importe de la tarifa correspondiente las inscripciones de las renovaciones de la composición de los órganos de gobierno de las asociaciones y federaciones de asociaciones de madres y padres del alumnado. Esta exención solo será aplicable a una inscripción para cada curso escolar.
Se añade por el art. 1.16 de la Ley 7/2021, de 7 de octubre. BOE-A-2021-19727


