Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
CAPÍTULO XIII
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2005 y la del 1 de enero de 2013.
Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras).
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CAPÍTULO XIII
13. Tasa por autorizaciones, inspecciones y otras actuaciones en materia de centros y establecimientos sanitario sanitarios, establecimientos alimentarios y otros establecimientos de riesgo para la salud pública
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2013 En vigor | BOE-A-2013-1424 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2005 | BOE-A-2005-2729 | Leer | Qué cambió |
| 10 de agosto de 2004 | BOE-A-2004-90019 | Leer |


