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Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

CAPÍTULO XIII

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2005 y la del 1 de enero de 2013. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras). Volver al texto en vigor

CAPÍTULO XIII
13. Tasa por autorizaciones, inspecciones y otras actuaciones en materia de centros y establecimientos sanitario sanitarios, establecimientos alimentarios y otros establecimientos de riesgo para la salud pública

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2013 En vigor BOE-A-2013-1424 Leer Qué cambió
1 de enero de 2005 BOE-A-2005-2729 Leer Qué cambió
10 de agosto de 2004 BOE-A-2004-90019 Leer

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