Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
CAPÍTULO XVII
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de agosto de 2004 y la del 1 de enero de 2005.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras).
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CAPÍTULO XVII
17. Tasa por servicios facultativos y administrativos en materia de montes y montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2005 En vigor | BOE-A-2005-2729 | Leer | Qué cambió |
| 10 de agosto de 2004 | BOE-A-2004-90019 | Leer |


