Legislación › Decreto Legislativo 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón.
Disposición adicional sexta. Utilización de instalaciones municipales por la comarca.
Disposición adicional sexta. Utilización de instalaciones municipales por la comarca.
Con la conformidad del municipio interesado y mediante la formalización del correspondiente convenio, la comarca podrá optar por utilizar los servicios propios de aquél, para prestar sus competencias propias, en todo o en parte.
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