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Legislación › Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas.

Artículo 522. Sucesión a favor de los hijos.

Artículo 522. Sucesión a favor de los hijos.

Los hijos del difunto le heredan siempre por su derecho propio, dividiendo la herencia en partes iguales.

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