Legislación › Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas.
Artículo 522. Sucesión a favor de los hijos.
Artículo 522. Sucesión a favor de los hijos.
Los hijos del difunto le heredan siempre por su derecho propio, dividiendo la herencia en partes iguales.


