Legislación › Decreto-ley 1/2011, de 29 de noviembre, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes de racionalización del Sector Público Empresarial.
Artículo 15. Idoneidad de la contratación.
Artículo 15. Idoneidad de la contratación.
Con carácter previo a la licitación de todo contrato sujeto a las instrucciones de contratación aprobadas por cada sociedad, se exigirá que se elabore una memoria en la que se justifique con precisión la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse con el contrato, la idoneidad de éste para satisfacerlas, la correcta estimación y adecuación del precio para la ejecución de la prestación y el procedimiento elegido para la adjudicación del contrato.


