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Legislación › Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón.

Artículo 10. Instituto Geográfico de Aragón.

Artículo 10. Instituto Geográfico de Aragón.

1. El Instituto Geográfico de Aragón es un órgano integrado en el Departamento competente en materia de ordenación del territorio.

2. Corresponde al Instituto obtener, organizar y difundir la documentación e información sobre el territorio de la Comunidad Autónoma, a través de la gestión y coordinación de los instrumentos de información territorial regulados en esta Ley.

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