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Legislación › Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón.

Artículo 51. Constitución.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de noviembre de 2015 y la del 26 de octubre de 2022. Tachado: lo que se quitó (56 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 51. Constitución.
Se constituye el Sistema de Información Territorial de Aragón, como servicio público gestionado por el Instituto Geográfico de Aragón, correspondiendo al Gobierno de Aragón establecer las condiciones y facilidades para el ejercicio del derecho de acceso al mismo, especialmente por vía telemática, conforme al criterio de libre acceso a los datos disponibles por la Administración pública. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de octubre de 2022 En vigor BOE-A-2022-18555 Leer Qué cambió
21 de noviembre de 2015 BOE-A-2015-90603 Leer

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