LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón.

Artículo 53. Organización.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de noviembre de 2015 y la del 26 de octubre de 2022. Tachado: lo que se quitó (48 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 53. Organización.
1. El Instituto Geográfico de Aragón proporciona la asistencia técnica necesaria y la metodología para la obtención, el archivo, el intercambio y la difusión de la información con trascendencia territorial.
2. Reglamentariamente, se establecerá el régimen de funcionamiento, intercambio y utilización del Sistema de Información Territorial de Aragón.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de octubre de 2022 En vigor BOE-A-2022-18555 Leer Qué cambió
21 de noviembre de 2015 BOE-A-2015-90603 Leer

← Artículo 52 Índice Artículo 54 →