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Legislación › Decreto-ley 3/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes de emergencia social en materia de prestaciones económicas de carácter social, pobreza energética y acceso a la vivienda.

Disposición transitoria tercera. Procedimientos de embargo de ayudas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de febrero de 2017 y la del 14 de febrero de 2019. Tachado: lo que se quitó (39 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria tercera. Procedimientos de embargo de ayudas.
Las disposiciones de este Decreto-Ley resultarán de aplicación a los procedimientos de embargo en que, a la entrada en vigor, todavía no se haya acordado o dictado resolución de embargo de las ayudas que son objeto de esta Ley. (Anulada).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de febrero de 2019 En vigor BOE-A-2019-2031 Leer Qué cambió
9 de febrero de 2017 BOE-A-2017-1289 Leer Qué cambió
8 de octubre de 2016 BOE-A-2016-9239 Leer Qué cambió
18 de diciembre de 2015 BOE-A-2015-90619 Leer

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