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Legislación › Decreto-Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias.

Artículo 211. Incumplimiento de las obligaciones de conservación de obras de urbanización.

Artículo 211. Incumplimiento de las obligaciones de conservación de obras de urbanización.

1. Se sancionará con multa de 100.000 a 10.000.000 de pesetas el incumplimiento de las obligaciones asumidas de conservar, mantener y entretener las obras de urbanización y sus instalaciones.

2. La cuantía de la multa será proporcional al grado de deterioro o abandono de los elementos de la urbanización producido por el incumplimiento.

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