Legislación › Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos.
Artículo 18 bis. Escala autonómica.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 2011 y la del 1 de julio de 2012.
Tachado: lo que se quitó (52 palabras). Subrayado: lo que se añadió (21 palabras).
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Artículo 18 bis. Escala autonómica.
La escala autonómica aplicable a la base liquidable general, a que se refiere el artículo 74 74.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en redacción dada por la Ley 22/2009, 39/2010, de 18 22 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, será la siguiente con efectos desde el 1 de enero de 2011: siguiente:
Base liquidable hasta euros
–
Hasta
·
Cuota íntegra euros
–
Euros
·
Resto base liquidable hasta euros
–
Hasta
·
Tipo aplicable porcentaje
·
0 0,00
·
0 0,00
·
17.707,20
·
12 12,00
·
17.707,20
·
2.124,86
·
15.300,00
·
14 14,00
·
33.007,20
·
4.266,86
·
20.400,00
·
18,5 18,50
·
53.407,20
·
8.040,86
·
En adelante
·
21,5 22,58
·
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2026 En vigor | BOE-A-2026-7560 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2025 | BOE-A-2025-4913 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2020 | BOE-A-2020-1566 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2019 | BOE-A-2019-860 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | BOE-A-2015-1113 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 2012 | BOE-A-2012-9282 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2011 | BOE-A-2012-1256 | Leer |


