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Legislación › Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos.

Artículo 18 bis. Escala autonómica.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2015 y la del 1 de enero de 2019. Tachado: lo que se quitó (25 palabras). Subrayado: lo que se añadió (27 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 18 bis. Escala autonómica.
La escala autonómica aplicable a la base liquidable general, a que se refiere el artículo 74.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en redacción dada por la Ley 39/2010, Físicas y de 22 modificación parcial de diciembre, las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el año 2011, Patrimonio, será la siguiente:
Tramos
·
Base liquidable
(desde euros)
·
Cuota íntegra
·
Resto base liquidable (hasta euros)
·
Tipo aplicable (%)
·
1
·
0
·
0
·
12.450,00
·
9,5 9,00
·
2
·
12.450,01
·
1.182,75 1.120.50
·
5.257,20
·
12,00 11,50
·
3
·
17.707,21
·
1.813,61 1.725,08
·
15.300,00
·
14,00
·
4
·
33.007,21
·
3.955,61 3.867,08
·
20.400,00
·
18,50
·
5
·
53.407,21
·
7.729,61 7.641,08
·
36.592,80
·
23,50
·
6
·
90.000,01
·
16.328,92 16.240,39
·
en En adelante
·
24,00
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2026 En vigor BOE-A-2026-7560 Leer Qué cambió
1 de enero de 2025 BOE-A-2025-4913 Leer Qué cambió
1 de enero de 2020 BOE-A-2020-1566 Leer Qué cambió
1 de enero de 2019 BOE-A-2019-860 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2015-1113 Leer Qué cambió
1 de julio de 2012 BOE-A-2012-9282 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2011 BOE-A-2012-1256 Leer

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