Legislación › Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos.
Artículo 32. Tipo de gravamen reducido en la adquisición de vivienda habitual por familias numerosas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de abril de 2009 y la del 5 de diciembre de 2018.
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Artículo 32. Tipo de gravamen reducido en la adquisición de vivienda habitual por familias numerosas.
El tipo de gravamen aplicable a la transmisión de un inmueble que vaya a constituir la vivienda habitual de una familia numerosa es del 4 por 100, 1%, siempre y cuando se cumplan simultáneamente todos y cada uno de los requisitos siguientes:
a) Que el contribuyente tenga la consideración de miembro de una familia numerosa. Tendrán la consideración de familia numerosa las que define como tales la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de las Familias Numerosas Numerosas, o la normativa estatal que la sustituya, en su caso.
b) Que la suma de las bases imponibles en el Impuesto impuesto sobre la Renta renta de las Personas Físicas personas físicas correspondientes a los miembros de la familia numerosa no exceda de 30.000 euros, cantidad que deberá incrementarse en 12.000 euros por cada hijo que exceda del número que la legislación vigente establezca como mínimo para que una familia tenga la consideración legal de numerosa.
c) Que antes de la compra o en los dos años siguientes a la adquisición de la vivienda se proceda a acredite por el contribuyente la transmisión en escritura pública púbica de la anterior vivienda habitual, si la hubiere. A los efectos de la aplicación de este tipo de gravamen, se entenderá por vivienda habitual la definida a efectos del impuesto sobre las personas físicas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2026 En vigor | BOE-A-2026-7560 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2020 | BOE-A-2020-1566 | Leer | Qué cambió |
| 5 de diciembre de 2018 | BOE-A-2019-283 | Leer | Qué cambió |
| 23 de abril de 2009 | BOE-A-2009-90008 | Leer |


