LexTotal

Legislación › Decreto-ley 15/2020, de 10 de septiembre, de medidas urgentes de impulso de los sectores primario, energético, turístico y territorial de Canarias.

Disposición adicional primera. Relación de las actuaciones de renovación y modernización turística derivadas de la aplicación de este Decreto ley.

Disposición adicional primera. Relación de las actuaciones de renovación y modernización turística derivadas de la aplicación de este Decreto ley.

1. El departamento competente en materia de turismo elaborará una relación de las actuaciones de renovación y modernización turística que se lleven a cabo conforme a lo establecido en el presente Decreto ley, con el fin de obtener indicadores de las medidas aplicadas, al objeto de su evaluación.

Dicha relación se actualizará cada dos meses.

2. Los Ayuntamientos y Cabildos remitirán mensualmente, en su caso, la información necesaria para formular y actualizar dicha relación.

← Artículo 8 Índice Disposición adicional segunda →