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Legislación › Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos.

Artículo 1. Escala autonómica.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de septiembre de 2013 y la del 1 de enero de 2015. Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (18 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 1. Escala autonómica.
La base liquidable general será gravada a los tipos de la siguiente escala autonómica:
Base liquidable hasta
–
Hasta euros Euros
·
Cuota íntegra
–
Euros
·
Resto base liquidable hasta
–
Hasta euros Euros
·
Tipo aplicable
–
Porcentaje
·
0 0,00
·
0 0,00
·
17.707,20 12.450,00
·
10,0
·
12.450,00
·
1.245,00
·
5.257,20
·
12,0
·
17.707,20
·
2.124,86 1.875,86
·
15.300,00
·
14,0
·
33.007,20
·
4.266,86 4.017,86
·
20.400,00
·
18,5
·
53.407,20
·
8.040,86 7.791,86
·
En adelante
·
21,5
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de diciembre de 2022 En vigor BOE-A-2022-21578 Leer Qué cambió
1 de enero de 2016 BOE-A-2016-1884 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2015-1117 Leer Qué cambió
19 de septiembre de 2013 BOE-A-2013-90254 Leer

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