Legislación › Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos.
Artículo 1. Escala autonómica.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2015 y la del 1 de enero de 2016.
Tachado: lo que se quitó (19 palabras). Subrayado: lo que se añadió (15 palabras).
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Artículo 1. Escala autonómica.
La base liquidable general será gravada a los tipos de la siguiente escala autonómica:
Base liquidable hasta
– Hasta euros
Euros
·
Cuota íntegra
– euros
Euros
·
Resto base liquidable hasta
– Hasta euros
Euros
·
Tipo aplicable
– Porcentaje
·
0,00
·
0,00
·
12.450,00
·
10,0 9,5
·
12.450,00
·
1.245,00 1.182,75
·
5.257,20 7.750,00
·
12,0
·
17.707,20 20.200,00
·
1.875,86 2.112,75
·
15.300,00 15.000,00
·
14,0
·
33.007,20 35.200,00
·
4.017,86 4.212,75
·
20.400,00 18.207,20
·
18,5
·
53.407,20
·
7.791,86 7.581,08
·
En adelante
·
21,5
·
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de diciembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-21578 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2016 | BOE-A-2016-1884 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | BOE-A-2015-1117 | Leer | Qué cambió |
| 19 de septiembre de 2013 | BOE-A-2013-90254 | Leer |


