LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos.

Artículo 1. Escala autonómica.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2015 y la del 1 de enero de 2016. Tachado: lo que se quitó (19 palabras). Subrayado: lo que se añadió (15 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 1. Escala autonómica.
La base liquidable general será gravada a los tipos de la siguiente escala autonómica:
Base liquidable hasta
–
Euros
Hasta euros
·
Cuota íntegra
–
Euros
euros
·
Resto base liquidable hasta
–
Euros
Hasta euros
·
Tipo aplicable
–
Porcentaje
·
0,00
·
0,00
·
12.450,00
·
10,0 9,5
·
12.450,00
·
1.245,00 1.182,75
·
5.257,20 7.750,00
·
12,0
·
17.707,20 20.200,00
·
1.875,86 2.112,75
·
15.300,00 15.000,00
·
14,0
·
33.007,20 35.200,00
·
4.017,86 4.212,75
·
20.400,00 18.207,20
·
18,5
·
53.407,20
·
7.791,86 7.581,08
·
En adelante
·
21,5
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de diciembre de 2022 En vigor BOE-A-2022-21578 Leer Qué cambió
1 de enero de 2016 BOE-A-2016-1884 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2015-1117 Leer Qué cambió
19 de septiembre de 2013 BOE-A-2013-90254 Leer

← Disposición final Índice Artículo 1 bis →