Legislación › Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos.
Artículo 1. Escala autonómica.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2016 y la del 13 de diciembre de 2022.
Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras).
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Artículo 1. Escala autonómica.
La base liquidable general será gravada a los tipos de la siguiente escala autonómica:
Base liquidable
Hasta euros
·
Cuota íntegra
euros Euros
·
Resto base liquidable
Hasta euros
·
Tipo aplicable
Porcentaje
·
0,00 ·
0,00 ·
12.450,00 ·
9,5 9,0 ·
12.450,00 ·
1.182,75 1.120,5 ·
7.750,00 ·
12,0 ·
20.200,00 ·
2.112,75 2.050,5 ·
15.000,00 ·
14,0 ·
35.200,00 ·
4.212,75 4.150,5 ·
18.207,20 ·
18,5 ·
53.407,20 ·
7.581,08 7.518,83 ·
En adelante
·
21,5 21,5» ·
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de diciembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-21578 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2016 | BOE-A-2016-1884 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | BOE-A-2015-1117 | Leer | Qué cambió |
| 19 de septiembre de 2013 | BOE-A-2013-90254 | Leer |


