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Legislación › Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos.

Artículo 1. Escala autonómica.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2016 y la del 13 de diciembre de 2022. Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 1. Escala autonómica.
La base liquidable general será gravada a los tipos de la siguiente escala autonómica:
Base liquidable
Hasta euros
·
Cuota íntegra
euros Euros
·
Resto base liquidable
Hasta euros
·
Tipo aplicable
Porcentaje
·
0,00
·
0,00
·
12.450,00
·
9,5
9,0 ·
12.450,00
·
1.182,75
1.120,5 ·
7.750,00
·
12,0
·
20.200,00
·
2.112,75
2.050,5 ·
15.000,00
·
14,0
·
35.200,00
·
4.212,75
4.150,5 ·
18.207,20
·
18,5
·
53.407,20
·
7.581,08
7.518,83 ·
En adelante
·
21,5
21,5» ·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de diciembre de 2022 En vigor BOE-A-2022-21578 Leer Qué cambió
1 de enero de 2016 BOE-A-2016-1884 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2015-1117 Leer Qué cambió
19 de septiembre de 2013 BOE-A-2013-90254 Leer

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