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Legislación › Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos.

Artículo 39. Tipo impositivo.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de septiembre de 2013 y la del 1 de enero de 2015. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 39. Tipo impositivo.
El tipo impositivo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos aplicable a los productos comprendidos en los epígrafes que se indican es el siguiente:
a) Epígrafes 1.1, 1.2.1 y 1.2.2: 48 16 euros por cada 1.000 litros.
b) Epígrafe 1.3: 48 16 euros por cada 1.000 litros.
c) Epígrafe 1.5: 2 0,7 euros por tonelada.
d) Epígrafe 1.11: 48 16 euros por cada 1.000 litros.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2015-1117 Leer Qué cambió
19 de septiembre de 2013 BOE-A-2013-90254 Leer

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