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Legislación › Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos.

Disposición adicional única. Abono de las deducciones no aplicadas en plazo.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de septiembre de 2013 y la del 1 de enero de 2023. Tachado: lo que se quitó (36 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional única. Abono de las deducciones no aplicadas en plazo.
Los sujetos pasivos que, tras la aplicación de lo previsto en el artículo 10.3, letra c), no hayan agotado la totalidad de la deducción, podrán solicitar el abono de la cantidad que les reste de aplicar. (Derogada).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2023 En vigor BOE-A-2022-21578 Leer Qué cambió
19 de septiembre de 2013 BOE-A-2013-90254 Leer

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