Legislación › Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos.
Disposición final séptima. Relación de municipios y entidades locales menores.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de septiembre de 2013 y la del 1 de enero de 2016.
Tachado: lo que se quitó (18 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras).
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Disposición final séptima. Relación de municipios que tienen la consideración de núcleos rurales. poblaciones.
La consejería competente en materia de hacienda dará publicidad y mantendrá actualizada la relación de municipios poblaciones a que se refiere el artículo 7, apartado 1 1, c) de este texto refundido. Para determinar el número de habitantes de cada municipio se tomará el establecido en el padrón municipal de habitantes en vigor a 1 de enero de 2005 y los sucesivos. cada año publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de febrero de 2021 En vigor | BOE-A-2021-4321 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2016 | BOE-A-2016-1884 | Leer | Qué cambió |
| 19 de septiembre de 2013 | BOE-A-2013-90254 | Leer |


