Legislación › Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el Estado.
Artículo 4. Tipo de gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2012 y la del 1 de enero de 2014.
Tachado: lo que se quitó (100 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras).
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Artículo 4. Tipo de gravamen Mínimo exento del Impuesto sobre el Patrimonio.
La base liquidable del El mínimo exento en el Impuesto será gravada conforme a la siguiente escala: sobre el Patrimonio se fija con carácter general en
Base liquidable
–
Hasta euros
·
Cuota
–
Euros
·
Resto base liquidable
–
Hasta euros
·
Tipo aplicable
–
Porcentaje
·
0,00
·
0,00
·
167.129,45
·
0,2
·
167.129,45
·
334,26
·
167.123,43
·
0,3
·
334.252,88
·
835,63
·
334.246,87
·
0,5
·
668.499,75
·
2.506,86
·
668.499,76
·
0,9
·
1.336.999,51
·
8.523,36
·
1.336.999,50
·
1,3
·
2.673.999,01
·
25.904,35
·
2.673.999,02
·
1,7
·
5.347.998,03
·
71.362,33
·
5.347.998,03
·
2,1
·
10.695.996,06
·
183.670,29
· adelante 700.000 euros.
·
2,5
·
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de diciembre de 2017 En vigor | BOE-A-2018-856 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | BOE-A-2015-685 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2014 | BOE-A-2014-510 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2012 | BOE-A-2012-552 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2011 | BOE-A-2011-1651 | Leer | Qué cambió |
| 3 de julio de 2008 | BOE-A-2008-90028 | Leer |


