Legislación › Ley del Notariado de 28 de mayo de 1862.
Artículo 28.
Artículo 28.
No producirán efecto las disposiciones a favor de parientes, dentro del grado anteriormente prohibido, del que autorizó el instrumento en que se hicieron.
Legislación › Ley del Notariado de 28 de mayo de 1862.
Artículo 28.
No producirán efecto las disposiciones a favor de parientes, dentro del grado anteriormente prohibido, del que autorizó el instrumento en que se hicieron.
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