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Legislación › Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Artículo 316.

Artículo 316.

(Derogado)

Se deroga por el art. 1 de la Ley 53/1978, de 4 de diciembre. BOE-A-1978-29842.

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