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Legislación › Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Artículo 614 bis.

Artículo 614 bis.

Una vez iniciado el proceso penal por delito contra la Hacienda Pública, el juez de lo penal decidirá acerca de las pretensiones referidas a las medidas cautelares adoptadas al amparo del artículo 81 de la Ley General Tributaria.

Se añade por la disposición final 1.1 de la Ley 34/2015, de 21 de septiembre. BOE-A-2015-10143.

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