Legislación › Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Artículo 813.
Artículo 813.
No se admitirán testigos de referencia en las causas por injuria o calumnia vertidas de palabra.
Legislación › Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Artículo 813.
No se admitirán testigos de referencia en las causas por injuria o calumnia vertidas de palabra.
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