Legislación › Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Artículo 127.
Artículo 127.
Las disposiciones contenidas en los artículos precedentes son igualmente aplicables a las personas con discapacidad sensorial, que podrán contar con medios de apoyo a la comunicación oral.
Se añade por el art. 1.8 de la Ley Orgánica 5/2015, de 27 de abril. BOE-A-2015-4605.


