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Legislación › Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

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Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de julio de 2015 y la del 1 de junio de 1997. Tachado: lo que se quitó (84 palabras). Subrayado: lo que se añadió (0 palabras). Volver al texto en vigor

Téngase en cuenta que, desde el 1 de julio de 2015, las menciones contenidas en esta ley a las "faltas" se entenderán referidas a los "delitos leves", según establece la disposición adicional 2 de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo. BOE-A-2015-3439.
Asimismo, a partir del 1 de octubre de 2015, todas las referencias a Secretarios judiciales deberán entenderse hechas a Letrados de la Administración de Justicia, según establece la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio. BOE-A-2015-8167
La primera versión consolidada, que se ofrece como texto original, se corresponde con la de fecha 1 de junio de 1997, aunque el texto original se publicó en la Gaceta de Madrid el 17 de septiembre de 1882. BOE-A-1882-6036.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de abril de 2025 En vigor BOE-A-2025-76 Leer Qué cambió
3 de julio de 2021 BOE-A-2021-10957 Leer Qué cambió
1 de junio de 1997 Texto original Leer Qué cambió
1 de julio de 2015 BOE-A-2015-3439 Leer

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