Legislación › Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio.
Art. 810.
Art. 810.
El dueño de la cosa que dio lugar al gasto o recibió el daño, soportará las averías simples o particulares.
Legislación › Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio.
Art. 810.
El dueño de la cosa que dio lugar al gasto o recibió el daño, soportará las averías simples o particulares.
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