Legislación › Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio.
Art. 115.
Art. 115.
El Corredor Intérprete de Buques conservará un ejemplar del contrato o contratos que hayan mediado entre el capitán y el fletador.
Legislación › Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio.
Art. 115.
El Corredor Intérprete de Buques conservará un ejemplar del contrato o contratos que hayan mediado entre el capitán y el fletador.
Antes de preguntar, lee esto:
Alexia es una asistente con IA (Google Gemini): da información general y puede equivocarse; comprueba siempre el texto oficial en el BOE. No sustituye a un abogado. No digas datos personales ni de clientes. Sus respuestas son orientativas y no tienen validez legal. No guardamos la conversación ni el audio. 10 preguntas gratis al día.