Legislación › Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio.
Art. 257.
Art. 257.
Serán de cuenta del comisionista los riesgos del numerario que tenga en su poder por razón de la comisión.
Legislación › Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio.
Art. 257.
Serán de cuenta del comisionista los riesgos del numerario que tenga en su poder por razón de la comisión.
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