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Legislación › Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio.

Art. 88.

Art. 88.

Estarán sujetos a las Leyes mercantiles como Agentes mediadores del comercio:

Los Agentes de Cambio y Bolsa.

Los Corredores de Comercio.

Los Corredores Intérpretes de Buques.

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