Legislación › Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio.
Art. 88.
Art. 88.
Estarán sujetos a las Leyes mercantiles como Agentes mediadores del comercio:
Los Agentes de Cambio y Bolsa.
Los Corredores de Comercio.
Los Corredores Intérpretes de Buques.


