Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Artículo 12.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de agosto de 1889 y la del 29 de julio de 1974.
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Artículo 12.
Las disposiciones 1. La calificación para determinar la norma de este título, conflicto aplicable se hará siempre con arreglo a la ley española.
2. La remisión al derecho extranjero se entenderá hecha a su ley material, sin tener en cuanto determinan los efectos cuenta el reenvío que sus normas de las Leyes y conflicto puedan hacer a otra ley que no sea la española.
3. En ningún caso tendrá aplicación la ley extranjera cuando resulte contraria aI orden público.
4. Se considerará como fraude de los estatutos y las reglas generales para su aplicación, son obligatorias ley la utilización de una norma de conflicto con el fin de eludir una ley imperativa española.
5. Cuando una norma de conflicto remita a la legislación de un Estado en todas las provincias el que coexistan diferentes sistemas legislativos, la determinación del Reino. También lo serán que sea aplicable entre ellos se hará conforme a la legislación de dicho Estado.
6. Los Tribunales y autoridades aplicarán de oficio las disposiciones normas de conflicto del título 4.º, libro 1.º. derecho español.
En lo demás, las provincias y territorios en La persona que subsiste invoque el derecho foral, lo conservarán por ahora en toda su integridad, sin que sufra alteración extranjero deberá acreditar su actual régimen jurídico, escrito o consuetudinario, contenido y vigencia por la publicación los medios de este Código, que regirá tan sólo como derecho supletorio en defecto del que lo sea prueba admitidos en cada una la ley española. Sin embargo, para su aplicación, el juzgador podrá valerse además de aquéllas por sus Leyes especiales. cuantos instrumentos de averiguación considere necesarios, dictando al efecto las providencias oportunas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de enero de 2001 En vigor | BOE-A-2000-323 | Leer | Qué cambió |
| 29 de julio de 1974 | BOE-A-1974-1083 | Leer | Qué cambió |
| 16 de agosto de 1889 | Texto original | Leer |


