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Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.

Artículo 1344.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de agosto de 1889 y la del 8 de junio de 1981. Tachado: lo que se quitó (22 palabras). Subrayado: lo que se añadió (29 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 1344.
La dote confesada por Mediante la sociedad de gananciales se hacen comunes para el marido, cuya entrega no constare, marido y la mujer las ganancias o constare sólo beneficios obtenidos indistintamente por documento privado, no surtirá más efecto que el cualquiera de las obligaciones personales. ellos, que les serán atribuidas por mitad al disolverse aquélla.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de julio de 2005 En vigor BOE-A-2005-11364 Leer Qué cambió
8 de junio de 1981 BOE-A-1981-11198 Leer Qué cambió
16 de agosto de 1889 Texto original Leer

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