Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Artículo 161.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de junio de 1981 y la del 7 de diciembre de 1987.
Tachado: lo que se quitó (64 palabras). Subrayado: lo que se añadió (24 palabras).
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Artículo 161.
El padre y la madre, aunque no ejerzan la patria potestad, tienen Tratándose del menor acogido, el derecho de relacionarse con que a sus hijos menores, excepto padres corresponde para visitarle y relacionarse con los adoptados por otro de manera plena o conforme a lo dispuesto en resolución judicial. él, podrá
Noimpedirse sin justa causa las relaciones personales entre el hijo y otros parientes y allegados. ser regulado o suspendido por el Juez,
En caso de oposición,a petición del menor o del pariente o allegado, resolverá atendidas las circunstancias. circunstancias y el interés del menor.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de agosto de 2015 En vigor | BOE-A-2015-8470 | Leer | Qué cambió |
| 23 de noviembre de 2003 | BOE-A-2003-21338 | Leer | Qué cambió |
| 7 de diciembre de 1987 | BOE-A-1987-25627 | Leer | Qué cambió |
| 8 de junio de 1981 | BOE-A-1981-11198 | Leer | Qué cambió |
| 16 de agosto de 1889 | Texto original | Leer |


