Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Artículo 174.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de agosto de 1889 y la del 15 de mayo de 1958.
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Artículo 174.
Se prohíbe La adopción atribuye al adoptante la adopción: patria potestad respecto del adoptado menor de edad.
1.º A los eclesiásticos.
2.º A Adoptante y adoptado se deben recíprocamente alimentos, sin perjuicio del preferente derecho de los que tengan descendientes legítimos hijos legítimos, legitimados o legitimados. naturales reconocidos.
3.º Al tutor respecto a su pupilo hasta Los derechos del adoptado en la herencia del adoptante, y establecidos en la escritura de adopción, son irrevocables y surtirán efecto aunque éste muera intestado, salvo que hayan sido aprobadas definitivamente sus cuentas. el adoptado incurriere en indignidad para suceder o causa de desheredación, o se declare extinguida la adopción.
4.º Al cónyuge El pacto sucesorio no podrá exceder de los dos tercios de la herencia del adoptante, sin consentimiento perjuicio de su consorte. Los cónyuges pueden adoptar conjuntamente, y, fuera los derechos legitimarios reservados por la Ley a favor de este caso, nadie puede ser otras personas.
El adoptado conservará los derechos sucesorios que le correspondan en la familia por más naturaleza.
En orden a la tutela y a la representación y defensa del ausente, adoptante y adoptado serán considerados como padre e hijo, pero los hijos legítimos y los hijos naturales reconocidos, si existiesen, serán preferidos a los adoptivos.
La adopción produce parentesco entre el adoptante, de una persona. parte, y el adoptado y sus descendientes legítimos, de otra; pero no respecto a la familia del adoptante, con excepción de lo dispuesto sobre impedimentos matrimoniales.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de agosto de 2015 En vigor | BOE-A-2015-8470 | Leer | Qué cambió |
| 16 de febrero de 1996 | BOE-A-1996-1069 | Leer | Qué cambió |
| 7 de diciembre de 1987 | BOE-A-1987-25627 | Leer | Qué cambió |
| 8 de junio de 1981 | BOE-A-1981-11198 | Leer | Qué cambió |
| 27 de julio de 1970 | BOE-A-1970-735 | Leer | Qué cambió |
| 15 de mayo de 1958 | BOE-A-1958-6677 | Leer | Qué cambió |
| 16 de agosto de 1889 | Texto original | Leer |


