Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Artículo 199.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de noviembre de 1983 y la del 3 de septiembre de 2021.
Tachado: lo que se quitó (16 palabras). Subrayado: lo que se añadió (21 palabras).
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Artículo 199.
Nadie puede ser declarado incapaz sino por sentencia judicial Quedan sujetos a tutela:
1.º Los menores no emancipados en virtud situación de las causas establecidas en la Ley. desamparo.
2.º Los menores no emancipados no sujetos a patria potestad.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de septiembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-9233 | Leer | Qué cambió |
| 15 de noviembre de 1983 | BOE-A-1983-28123 | Leer | Qué cambió |
| 16 de agosto de 1889 | Texto original | Leer |


