Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Artículo 23.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de mayo de 1975 y la del 19 de agosto de 1982.
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Artículo 23.
También perderán Perderán la nacionalidad española: española los que
1.º Losentren al servicio hallándose emancipados y residiendo fuera de las armas España con tres años de anterioridad adquieran voluntariamente otra nacionalidad. No la perderán cuando justifiquen ante los Registros Consular o ejerzan cargo público en un Estado extranjero contra Central que la prohibición expresa adquisición de Jefe del Estado español. la
2.º Los que por sentencia firme sean condenados apérdida nacionalidad extranjera se produjo por razón de emigración.
Cuando se trate de españoles que ostenten desde su menor edad, además, una nacionalidad extranjera, sólo perderán la nacionalidad española, conforme española si, una vez emancipados, renunciaren expresamente a lo establecido ella en las Leyes penales. cualquier momento.
3.º Los hijos que No se encuentren bajo perderá la patria potestad, nacionalidad española en virtud de lo dispuesto en este artículo, si el que la ejerce pierde España se hallase en guerra.
La adquisición de la nacionalidad española, siempre de países Iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal o de aquellos con los que les corresponde se concierte un tratado de doble nacionalidad, sólo producirá pérdida de la que adquiera éste. nacionalidad española de origen cuando el interesado así lo declare expresamente en el Registro Civil una vez emancipado.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de octubre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-7045 | Leer | Qué cambió |
| 9 de enero de 2003 | BOE-A-2002-19484 | Leer | Qué cambió |
| 7 de enero de 1991 | BOE-A-1990-30520 | Leer | Qué cambió |
| 19 de agosto de 1982 | BOE-A-1982-19493 | Leer | Qué cambió |
| 25 de mayo de 1975 | BOE-A-1975-9245 | Leer | Qué cambió |
| 5 de agosto de 1954 | BOE-A-1954-10882 | Leer | Qué cambió |
| 16 de agosto de 1889 | Texto original | Leer |


