Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Artículo 245.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de noviembre de 1983 y la del 3 de septiembre de 2021.
Tachado: lo que se quitó (36 palabras). Subrayado: lo que se añadió (25 palabras).
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Artículo 245.
Tampoco pueden ser tutores los excluidos expresamente por el padre o por También podrá la madre en sus disposiciones en testamento o documento notarial, salvo que autoridad judicial, previo informe del Ministerio Fiscal, conceder el Juez en resolución motivada estime otra cosa en beneficio del menor o del incapacitado. de la mayor edad al sujeto a tutela mayor de dieciséis años que lo solicitare.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de septiembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-9233 | Leer | Qué cambió |
| 15 de noviembre de 1983 | BOE-A-1983-28123 | Leer | Qué cambió |
| 16 de agosto de 1889 | Texto original | Leer |


