Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Artículo 259.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de julio de 2015 y la del 3 de septiembre de 2021.
Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (71 palabras).
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Artículo 259.
El Secretario judicial dará posesión Cuando el poder contenga cláusula de subsistencia para el caso de que el poderdante precise apoyo en el ejercicio de su cargo al tutor nombrado. capacidad o se conceda solo para ese supuesto y, en ambos casos, comprenda todos los negocios del otorgante, el apoderado, sobrevenida la situación de necesidad de apoyo, quedará sujeto a las reglas aplicables a la curatela en todo aquello no previsto en el poder, salvo que el poderdante haya determinado otra cosa.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de septiembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-9233 | Leer | Qué cambió |
| 23 de julio de 2015 | BOE-A-2015-7391 | Leer | Qué cambió |
| 15 de noviembre de 1983 | BOE-A-1983-28123 | Leer | Qué cambió |
| 16 de agosto de 1889 | Texto original | Leer |


