Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Artículo 322.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de agosto de 1889 y la del 8 de junio de 1981.
Tachado: lo que se quitó (31 palabras). Subrayado: lo que se añadió (19 palabras).
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Artículo 322.
El menor de edad, huérfano de padre y madre, puede obtener el beneficio de la mayor edad por concesión del consejo de familia, aprobada por el Presidente edad es capaz para todos los actos de la Audiencia territorial del distrito, oído el Fiscal. vida civil, salvo las excepciones establecidas en casos especiales por este Código.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de septiembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-9233 | Leer | Qué cambió |
| 8 de junio de 1981 | BOE-A-1981-11198 | Leer | Qué cambió |
| 16 de agosto de 1889 | Texto original | Leer |


