Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Artículo 69.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de agosto de 1889 y la del 9 de agosto de 1981.
Tachado: lo que se quitó (65 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras).
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Artículo 69.
El matrimonio contraído de buena fe produce efectos civiles, aunque sea declarado nulo. Se presume,
Si ha intervenido buena fe de parte de uno solo de los cónyuges, surte únicamente efectos civiles respecto de él y de los hijos.
La buena fe sesi no consta lo contrario. salvo prueba en contrario, que los
Si hubiere intervenido mala fe por parte de ambos cónyuges, el matrimonio sólo surtirá efectos civiles respecto dehijos. cónyuges viven juntos.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de agosto de 1981 En vigor | BOE-A-1981-16216 | Leer | Qué cambió |
| 16 de agosto de 1889 | Texto original | Leer |


