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Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.

Sección segunda

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de marzo de 1995 y la del 23 de julio de 2015. Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Sección 2.ª De la celebración ante el Juez, Alcalde o funcionario que haga sus veces del matrimonio

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de julio de 2015 En vigor BOE-A-2015-7391 Leer Qué cambió
1 de marzo de 1995 BOE-A-1994-28511 Leer Qué cambió
9 de agosto de 1981 BOE-A-1981-16216 Leer

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