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Legislación › Convenio de extradición entre España y Colombia, firmado en Bogotá el día 23 de Julio de 1892.

Artículo 21.

Artículo 21.

El presente Convenio permanecerá en vigor desde el día del canje de las ratificaciones; pero cualquiera de las Partes puede denunciarlo y darlo por terminado, avisando con un año de anticipación.

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