Legislación › Real decreto de 12 de noviembre de 1902 aprobatorio del reglamento para la ejecución de la ley de 15 de Mayo de 1902, que establece un régimen especial para la expropiación forzosa en la zona militar de costas y fronteras.
Artículo 12.
Artículo 12.
Cuando se entregue á un dueño ó poseedor expropiado, en pago ó parte de pago de la expropiación alguna cantidad que anteriormente se hubiese consignado o depositado, se le entregarán también los intereses que durante el depósito hubiese producido la cantidad que se le entregue a razón del interés legal á la sazón vigente.


