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Legislación › Ley de 22 de julio de 1918 relativa a la conmemoración del duodécimo Centenario de la batalla de Covadonga.

Artículo 1.

Artículo 1.

Covadonga será objeto de especial protección de parte del Estado, y todas las obras monumentales que allí se realicen, comprendiendo los sepulcros para los restos de Pelayo y Alfonso I el Católico, serán dispuestas por el Ministerio de Instrucción Pública, mediante propuesta a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Los proyectos de obra en Covadonga para solemnizar el XII Centenario de la Reconquista serán ultimados dentro del año actual, a fin de proceder seguidamente a su ejecución.

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