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Legislación › Ley de 29 de julio de 1943 sobre ordenación de la Universidad española.

Artículo cincuenta y uno.

Artículo cincuenta y uno.

El único órgano de representación corporativa de la Universidad es el Claustro Universitario,

Los órganos colectivos de carácter consultivo para el gobierno de las Universidades lo son, ya del Rector, ya de las autoridades inmediatas de los diversos órganos y servicios universitarios.

Lo son del Rector:

a) La Junta de Gobierno.

b) El Consejo de Distrito Universitario.

Asesoran a las autoridades directas de los diversos órganos y servicios universitarios sus Juntas respectivas.

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